Vox aplaude la próxima rebaja fiscal de la plusvalía 'mortis causa' para segundos inmuebles
Transcripciones
vamos a la aprobación definitiva de la modificación del articulado de la Ordenanza Fiscal número 9 de Plusvalía, que consiste en la rebaja fiscal vía bonificaciones en los supuestos mortis causa.
De manera que ampliamos el porcentaje aplicado de bonificación a los segundos inmuebles y también la modificación para una mayor protección a la familia y a las herencias y ampliamos los supuestos de mortis causa a aquellos procedentes de pactos sucesorios de presente.
En resumidas cuentas, que con esta aprobación definitiva en la ordenanza de plusvalía, las viviendas habituales seguirán contando con esa bonificación del 95%, así como los terrenos afectados a la actividad de una empresa ejercida de forma habitual, personal y directa del causante, pero se amplían hasta el 95% las bonificaciones en el caso de un segundo inmueble diferente a la vivienda habitual.
De la siguiente manera, si este segundo inmueble es vivienda, garaje o trastero, tendrá una bonificación del 95% y si es otro tipo de inmueble tendrá una bonificación del 65%.
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vamos a la aprobación definitiva de la modificación del articulado de la Ordenanza Fiscal número 9 de Plusvalía, que consiste en la rebaja fiscal vía bonificaciones en los supuestos mortis causa.
De manera que ampliamos el porcentaje aplicado de bonificación a los segundos inmuebles y también la modificación para una mayor protección a la familia y a las herencias y ampliamos los supuestos de mortis causa a aquellos procedentes de pactos sucesorios de presente.
En resumidas cuentas, que con esta aprobación definitiva en la ordenanza de plusvalía, las viviendas habituales seguirán contando con esa bonificación del 95%, así como los terrenos afectados a la actividad de una empresa ejercida de forma habitual, personal y directa del causante, pero se amplían hasta el 95% las bonificaciones en el caso de un segundo inmueble diferente a la vivienda habitual.
De la siguiente manera, si este segundo inmueble es vivienda, garaje o trastero, tendrá una bonificación del 95% y si es otro tipo de inmueble tendrá una bonificación del 65%.
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