Cristina Estenaga, sobre Ordenanza Ayudas Emergencia en Logroño

Logroño impulsa por primera vez una ordenanza reguladora de las Ayudas de Emergencia Social, con más conceptos y cuantía

Fecha: 08/09/2026
Duración: 00:03:58
Localización: LOGROÑO

Resumen generado con IA

El Ayuntamiento de Logroño ha aprobado por primera vez una ordenanza reguladora de las Ayudas de Emergencia Social, que detalla y amplía los conceptos y cuantías disponibles. Entre las novedades se incluye el reconocimiento de ayudas para el pago de suministros como agua, luz y gas, así como para tasas de documentación como DNI y pasaportes. El acceso a estas ayudas está limitado a aquellas familias cuyos ingresos no superen el 150% del IPREM, que actualmente se sitúa en 600 euros mensuales. Además, se ha introducido un índice corrector que incrementa el importe de la ayuda para familias monoparentales y otros colectivos vulnerables. Los importes de las ayudas también han aumentado, como el alquiler que pasa de 450 a 550 euros mensuales. Este esfuerzo busca prevenir la exclusión social y mejorar la calidad de vida de las familias en situación de necesidad, ajustándose a la realidad económica actual.

Transcripciones


Lo que se ha hecho ha sido desglosar, detallar un poco más los conceptos de las ayudas que lo que anteriormente teníamos en las bases. Las bases reguladoras, los conceptos eran más amplios, más generalistas y ahora sí que hemos descendido un poco más. Como por ejemplo, hemos reconocido una ayuda para lo que es el pago de los suministros, de la alta de suministros cuando alguien entra a una vivienda, una alta de suministro de agua o alta de luz, de gas.

Hemos desgrosado también lo que es necesario para la documentación. En ocasiones también tramitamos ayudas para los pagos de las tasas de documentación, tanto de DNI, pasaportes. Todo esto ahora lo que hemos hecho ha sido dejarlo más desgrosado. El límite económico de acceso para las ayudas está en no superar el 150% del ingreso del IPREM.

Tenemos un baremo y según el baremo va por el número de miembros de la unidad familiar y el límite de exclusión es el 150% del IPREM. En cualquier persona o cualquier familia, la cuantía máxima anual que puede percibir en distintos conceptos de ayudas de emergencia social corresponde a lo que es el 100% del IPREM.

El IPREM actual son ahora mismo 600 euros mensuales, que serían 7.200 euros anual, con lo cual consideramos que es una cuantía muy importante para trabajar con las familias, porque sí que hay que señalar que las ayudas de emergencia suponen una herramienta de trabajo muy importante para los profesionales de los servicios sociales de cara a trabajar sobre todo en lo que es la prevención de la exclusión social, que es un poco donde queremos ir con estas nuevas ayudas.

Por otra parte, en cuanto a los baremos, cabe destacar aquí que se ha introducido un índice corrector, Es decir, si una persona o una familia le corresponde por sus ingresos económicos el 80% de la cuantía de la ayuda del alquiler, pues en el caso de pertenecer a familias monoparentales, familias con menores con medidas de protección, mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata o explotación sexual, personas con discapacidad o en situación de enfermedades graves o de dependencia, independencia, personas mayores y personas afectadas por alguna causa de discriminación, se les introduce un índice corrector que lo que hará será aumentar, en cierto modo, el importe de esa ayuda que le corresponde.

Por otra parte, y ya terminaría, hemos incrementado los importes de las ayudas. Anteriormente, en las bases, por ejemplo, una ayuda de un alquiler de vivienda estaba contemplada en un máximo de 450 euros mensuales y ahora lo hemos pasado a 550 euros mensuales. En la amortización hipotecaria hemos puesto también un máximo de 2.000 euros por expediente.

En el subarriendo de vivienda o también conocido lo que es el pago de las habitaciones hemos puesto un tope de 275 euros cuando anteriormente era 225 euros. Hemos hemos ido incrementando todos los importes de las diferentes ayudas de cara a poder mejorar y aumentar, por decir claramente, que las personas vayan conforme a lo que está incrementando la vida actualmente.

00:00 - 00:33 Lo que se ha hecho ha sido desglosar, detallar un poco más los conceptos de las ayudas que lo que anteriormente teníamos en las bases. Las bases reguladoras, los conceptos eran más amplios, más generalistas y ahora sí que hemos descendido un poco más. Como por ejemplo, hemos reconocido una ayuda para lo que es el pago de los suministros, de la alta de suministros cuando alguien entra a una vivienda, una alta de suministro de agua o alta de luz, de gas.

00:33 - 01:07 Hemos desgrosado también lo que es necesario para la documentación. En ocasiones también tramitamos ayudas para los pagos de las tasas de documentación, tanto de DNI, pasaportes. Todo esto ahora lo que hemos hecho ha sido dejarlo más desgrosado. El límite económico de acceso para las ayudas está en no superar el 150% del ingreso del IPREM.

01:07 - 01:31 Tenemos un baremo y según el baremo va por el número de miembros de la unidad familiar y el límite de exclusión es el 150% del IPREM. En cualquier persona o cualquier familia, la cuantía máxima anual que puede percibir en distintos conceptos de ayudas de emergencia social corresponde a lo que es el 100% del IPREM.

01:31 - 02:06 El IPREM actual son ahora mismo 600 euros mensuales, que serían 7.200 euros anual, con lo cual consideramos que es una cuantía muy importante para trabajar con las familias, porque sí que hay que señalar que las ayudas de emergencia suponen una herramienta de trabajo muy importante para los profesionales de los servicios sociales de cara a trabajar sobre todo en lo que es la prevención de la exclusión social, que es un poco donde queremos ir con estas nuevas ayudas.

02:06 - 02:56 Por otra parte, en cuanto a los baremos, cabe destacar aquí que se ha introducido un índice corrector, Es decir, si una persona o una familia le corresponde por sus ingresos económicos el 80% de la cuantía de la ayuda del alquiler, pues en el caso de pertenecer a familias monoparentales, familias con menores con medidas de protección, mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata o explotación sexual, personas con discapacidad o en situación de enfermedades graves o de dependencia, independencia, personas mayores y personas afectadas por alguna causa de discriminación, se les introduce un índice corrector que lo que hará será aumentar, en cierto modo, el importe de esa ayuda que le corresponde.

02:56 - 03:25 Por otra parte, y ya terminaría, hemos incrementado los importes de las ayudas. Anteriormente, en las bases, por ejemplo, una ayuda de un alquiler de vivienda estaba contemplada en un máximo de 450 euros mensuales y ahora lo hemos pasado a 550 euros mensuales. En la amortización hipotecaria hemos puesto también un máximo de 2.000 euros por expediente.

03:25 - 03:59 En el subarriendo de vivienda o también conocido lo que es el pago de las habitaciones hemos puesto un tope de 275 euros cuando anteriormente era 225 euros. Hemos hemos ido incrementando todos los importes de las diferentes ayudas de cara a poder mejorar y aumentar, por decir claramente, que las personas vayan conforme a lo que está incrementando la vida actualmente.

Relacionados