Presidente Avvapro, Juan Cubo

El presidente de AvaPro ha valorado "muy positivamente la decisión del Tribunal Supremo de anular la obligación de inscripción en el llamado Registro Único de Alquileres de Corta Duración", considerando que esta sentencia refuerza un principio fundamental en materia de competencias autonómicas.

Fecha: 22/05/2026
Duración: 00:01:17
Localización: SEVILLA

Resumen generado con IA

El presidente de AvaPro ha valorado positivamente la reciente sentencia del Tribunal Supremo que anula la obligación de inscripción en el Registro Único de Alquileres de Corta Duración. Según AvaPro, este sistema generaba inseguridad jurídica y duplicidades administrativas, además de invadir competencias que, según la Constitución, corresponden a las comunidades autónomas. La organización destaca que Andalucía ya cuenta con un registro turístico propio que opera con mecanismos de regulación y control. La sentencia del Supremo enfatiza la necesidad de que cualquier regulación respete el marco competencial y no imponga cargas administrativas innecesarias a propietarios y profesionales. AvaPro se compromete a seguir defendiendo un modelo turístico equilibrado y sostenible, enfocado en combatir la clandestinidad y garantizar la seguridad jurídica para todos los actores del sector. El mensaje del Supremo es claro: regular sí, pero dentro de la legalidad y respetando las competencias de las comunidades autónomas.

Transcripciones


Llevamos mucho tiempo denunciando que este sistema generaba inseguridad jurídica, duplicidades administrativas y constituía una evidente invasión de competencias en materia de turismo, que según nuestra Constitución están transferidas a las comunidades autónomas.

Andalucía ya cuenta con un registro turístico propio, con mecanismos de regulación, control e inspección plenamente operativos.

No tenía ningún sentido imponer un registro estatal paralelo, incumpliendo manifiestamente el artículo 4 del Reglamento Europeo del que manaba, que lo único que aportaba era simplemente más burocracia a miles de propietarios y profesionales que ya cumplían con todas sus obligaciones legales.

Esta sentencia refuerza un principio fundamental.

Cualquier regulación debe respetar el marco competencial, ser proporcional y aportar verdadera eficacia y no más cargas administrativas.

Desde AvaPro seguiremos defendiendo un modelo turístico equilibrado, legal y sostenible, centrado en combatir la verdadera clandestinidad, garantizar la convivencia y garantizar la seguridad jurídica tanto a los ciudadanos como a los profesionales que operan en nuestro sector.

Hoy el Supremo lanza un mensaje muy claro.

Regular, sí, pero dentro de la legalidad y respetando las competencias autonómicas.

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00:00 - 00:14 Llevamos mucho tiempo denunciando que este sistema generaba inseguridad jurídica, duplicidades administrativas y constituía una evidente invasión de competencias en materia de turismo, que según nuestra Constitución están transferidas a las comunidades autónomas.

00:14 - 00:40 Andalucía ya cuenta con un registro turístico propio, con mecanismos de regulación, control e inspección plenamente operativos. No tenía ningún sentido imponer un registro estatal paralelo, incumpliendo manifiestamente el artículo 4 del Reglamento Europeo del que manaba, que lo único que aportaba era simplemente más burocracia a miles de propietarios y profesionales que ya cumplían con todas sus obligaciones legales.

00:40 - 01:09 Esta sentencia refuerza un principio fundamental. Cualquier regulación debe respetar el marco competencial, ser proporcional y aportar verdadera eficacia y no más cargas administrativas. Desde AvaPro seguiremos defendiendo un modelo turístico equilibrado, legal y sostenible, centrado en combatir la verdadera clandestinidad, garantizar la convivencia y garantizar la seguridad jurídica tanto a los ciudadanos como a los profesionales que operan en nuestro sector.

01:09 - 01:17 Hoy el Supremo lanza un mensaje muy claro. Regular, sí, pero dentro de la legalidad y respetando las competencias autonómicas.

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