Rubén Antoñanzas detalla reparos dictamen COTUR sobre Ramblasque

PR+Riojan@s alerta de los "duros" reparos de la COTUR sobre Ramblasque y exige "explicaciones" al alcalde de Logroño

Fecha: 12/05/2026
Duración: 00:01:40
Localización: LOGROÑO

Resumen generado con IA

La Comisión de Urbanismo de Logroño, conocida como COTUR, ha expresado sus serios reparos respecto a la modificación del plan urbanístico de Ramblaske, exigiendo explicaciones del alcalde. El informe señala que este proyecto, que busca aumentar de 275 a 2.500 viviendas, incumple los criterios establecidos por la legislación autonómica, en particular el artículo 103 de la LOTUR, que requiere una revisión del plan general en lugar de una modificación puntual. Este cambio se encuentra bajo el escrutinio de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia que ya en 2008 anularon un intento similar al considerarlo inapropiado. La COTUR argumenta que el actual expediente se está tramitando al margen de las directrices legales y, según su análisis, incumple los tres criterios necesarios para proceder como modificación puntual, lo que podría llevar a una nueva judicialización del caso.

Transcripciones


Sí que hace una referencia a los procedentes judiciales relacionados con Ramblaske. Habla de las dos sentencias y todo lo que tiene que ver con cuando el Tribunal Superior de Justicia anuló la modificación anterior del sector porque entendía que no podía hacerse a través de una revisión puntual, sino que tenía que hacerse en revisión con todo el plan general.

Les recuerdo que en 2008 ya se intentó modificar el planeamiento para pasar de unas 275 viviendas a 2.500 y la operación terminó anulada por la justicia. Y ahora lo que hace el dictamen es volver a dar argumentos tanto técnicos como jurídicos para judicializar de nuevo este expediente y lo que viene a decir que se está tramitando al margen de la revisión del plan general como debía hacerse.

Precisamente es en esto en lo que incide la Comisión de Urbanismo en su informe porque considera que se incumplen los tres criterios que fija la legislación autonómica para tramitarlo como una modificación puntual del plan general.

El artículo 103 de la LOTUR habla de tres criterios que tienen que darse para que no se pueda hacer como revisión puntual, sino que tenga que hacerse como revisión del plan general. Y aquí, según la COTUR, incumple los tres. Con uno solo que incumpliese ya debería ser tramitado como revisión del plan general, pero es que incumple los tres.

00:00 - 00:24 Sí que hace una referencia a los procedentes judiciales relacionados con Ramblaske. Habla de las dos sentencias y todo lo que tiene que ver con cuando el Tribunal Superior de Justicia anuló la modificación anterior del sector porque entendía que no podía hacerse a través de una revisión puntual, sino que tenía que hacerse en revisión con todo el plan general.

00:24 - 01:00 Les recuerdo que en 2008 ya se intentó modificar el planeamiento para pasar de unas 275 viviendas a 2.500 y la operación terminó anulada por la justicia. Y ahora lo que hace el dictamen es volver a dar argumentos tanto técnicos como jurídicos para judicializar de nuevo este expediente y lo que viene a decir que se está tramitando al margen de la revisión del plan general como debía hacerse.

01:00 - 01:15 Precisamente es en esto en lo que incide la Comisión de Urbanismo en su informe porque considera que se incumplen los tres criterios que fija la legislación autonómica para tramitarlo como una modificación puntual del plan general.

01:15 - 01:39 El artículo 103 de la LOTUR habla de tres criterios que tienen que darse para que no se pueda hacer como revisión puntual, sino que tenga que hacerse como revisión del plan general. Y aquí, según la COTUR, incumple los tres. Con uno solo que incumpliese ya debería ser tramitado como revisión del plan general, pero es que incumple los tres.

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